Estas son algunas preguntas a tomar en cuenta tras el fallo del Quinto Circuito de la Corte de Apelaciones de Nueva Orleans, dado a conocer el martes 26 de mayo en una votación 2 a 1:
Tras el rechazo a la solicitud de suspensión del fallo del juez federal Andrew Hanen, de Texas, ¿en qué situación quedan los programas de acción diferida DACA ampliado y DAPA?
El revés momentáneo que esto significa para los inmigrantes y el gobierno del presidente Obama mantendrá en espera la puesta en marcha de la ampliación del programa de Acción Diferida para Quienes Llegaron en la Infancia (DACA+) y la implementación de la Acción Diferida para Padres de Hijos Estadounidenses o Residentes Permanentes (DAPA).
1. ¿Quiere esto decir que hay algún riesgo para los inmigrantes que se consideraban elegibles para quedar amparados en tales programas?
No, en absoluto. Sólo es una decisión que mantiene bloqueados DACA+ y DAPA, en espera de que se emita un fallo definitivo por parte de las cortes que atiendan el caso. El gobierno de Obama, a través del Departamento de Justicia, por supuesto, no se quedará de brazos cruzados. En tanto, los requisitos y la totalidad de las protecciones que ofrecen los programas a los inmigrantes elegibles seguirán en pie, sólo que por el momento han quedado detenidos.
2. ¿Pero hay riesgo de deportaciones?
La batalla política de los republicanos, que han querido encubrir con una querella legal, siempre ha tendido, ilógicamente, a presionar por las deportaciones. Pero en este caso, sólo seguirán siendo considerados deportables aquellos que representen un peligro para la seguridad nacional, o bien ya sea que se detecten en la frontera tratando de ingresar de manera ilegal, como ha sido siempre, además de los reincidentes. De hecho, esto quedó claramente estipulado en un memorándum del Departamento de Seguridad Nacional en noviembre de 2014. Es decir, por parte del propio gobierno de Estados Unidos.
3. ¿Quiénes y por qué frenaron DACA+ y DAPA?
Fueron los jueces Jerry Smith y Jennifer Elrod quienes dieron la razón a los 26 estados, encabezados por Texas, que demandaron al gobierno por considerar que ambos programas les “infligían perjuicios”, sobre todo en el rubro económico, sin dar por supuesto pruebas fehacientes de dichos daños. Ambos fueron nombrados por presidentes republicanos.
4. ¿Qué juez del 5to Circuito se opuso a ese fallo y por qué?
Se trata del juez Stephen Higginson, en cuya opinión se pueden cifrar muchas esperanzas, dado que fue el único que aceptó que la demanda de los 26 estados se trata en realidad sólo de una cuestión política que nada tiene que ver con el ámbito jurídico. Sin embargo, quedó en minoría a la hora de votar. Higginson fue nombrado por un presidente demócrata, Barack Obama.
5. ¿Hay alguna opción en puerta a la que deba recurrir el gobierno tras este fallo en su contra?
La última instancia sería la Suprema Corte, donde se dirimiría definitivamente esta batalla, situación ante la cual quizá habría más posibilidades de lograr una victoria para los inmigrantes, en función de que ha sido precisamente el máximo órgano judicial del país el que ha estado de acuerdo en que es el gobierno el que debe utilizar no sólo el sentido común, sino su discreción ejecutiva en el tema migratorio.
6. ¿Qué consecuencias políticas podría acarrear este revés a los alivios migratorios?
Tanto el voto latino y en general el inmigrante, así como la mayoría del pueblo estadounidense, según lo muestran las encuestas, respaldan las acciones ejecutivas del presidente Obama. Y no sólo eso, sino el deseo de que sea actualizado y arreglado el descompuesto sistema migratorio del país. De este modo, una de las consecuencias políticas en lo inmediato sería el voto en contra de los republicanos, quienes se han encargado sistemáticamente de bloquear todo beneficio a los inmigrantes que llaman hogar a Estados Unidos.
7. ¿Qué deben hacer los inmigrantes elegibles a partir de este momento?
Es muy importante que continúen pendientes de toda la información al respecto, pero sobre todo no bajar la guardia y seguir recopilando documentos y estar al día con todos los requisitos establecidos, a fin de que en el momento en que se destrabe este litigio puedan, sin más demora, hacer la solicitud para ampararse en dichos programas. Hay que tomar en cuenta que si bien es cierto este fallo en contra retrasa su implementación, no significa en modo alguno que la acción diferida haya sido derrotada.