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Prevenir el caos en la Corte Suprema: depende de su presidente

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Por David Leopold, y en inglés aquí.

Dado que los demandantes republicanos fallaron en demostrar que su demanda tenía fundamento jurídico, la Corte Suprema de los Estados Unidos debería desestimar la abiertamente política demanda presentada por líderes republicanos de Texas y otros 25 estados cuando escuche el caso sobre la acción ejecutiva inmigratoria Estados Unidos v Texas el 18 de abril. Aunque estamos confiados en que los republicanos no podrán demostrar fundamento jurídico (y también fallarían en los méritos del caso), vale la pena analizar las posibles consecuencias y el caos que resultaría de haber un escenario distinto.

Un voto de 4-4 en U.S. v Texas, por ejemplo, resultaría por consiguiente en tres niveles de profundo caos. El empate 4-4 en la Corte Suprema: daría luz verde a los estados controlados por los republicanos — no al gobierno federal— de determinar las políticas de seguridad migratoria  —contradiciendo de paso el precedente más importante de la Corte; abriría la puerta a un sinfín de demandas políticamente cargadas que los estados estarían recién autorizados a entablar contra los presidentes en funciones; y elevaría preguntas sobre si el mandato impuesto en la normativa de diferir la deportación, conocida como DAPA y DACA+, debería continuar aplicándose en todo el país, llevando en última instancia a remiendos de confusos regímenes de seguridad migratoria en diferentes estados y regiones de EEUU.

Desde la muerte del juez Antonin Scalia—y el rechazo del Senado republicano de siquiera considerar audiencias para su remplazo — ha habido mucha discusión sobre lo que esa plaza vacante depara a casos clave en la Corte. Hasta ahora, la Corte se ha dividido por igual entre los jueces 4-4 en dos casos, dejando la decisión intacta a una corte inferior en Freidrichs v. California Teachers Association, declarando simplemente: “La sentencia es confirmada por una Corte equitativamente dividida”.

La jueza Elena Kagan habló recientemente en la Escuela de Derecho de la Universidad de Nueva York acerca de la situación de la Suprema Corte a raíz de la repentina muerte del juez Scalia. Según una nota en el New York Times, Kagan dijo que ella y sus colegas “estaban comprometidos a emitir decisiones en la mayor cantidad de casos posible”. La jueza habló muy bien de los esfuerzos del presiente de la Corte Suprema, el juez Roberts, diciendo: “Doy gran mérito al presidente de la Corte, quien en general pienso que es una persona preocupada en crear consenso, y creo que más ahora”, dijo Kagan. “Él ha transmitido eso en sus palabras y en sus actos”.

El 18 de abril, la Corte Suprema pondrá otra prueba al juez Roberts y al resto de magistrados cuando escuchen los argumentos del caso United States v. Texas. Si el juez Roberts se mantiene en la rigurosa opinión que lo ha caracterizado durante mucho tiempo en torno al fundamento jurídico, el caso debería ser desestimado, porque este le pide a la Corte intervenir en una disputa política, no en una demanda legal.

Francamente, si hubo alguna vez una cuestión política ante la Corte, es este caso, como lo han anotado muchos expertos en leyes y profesores de derecho. Pero si la Corte se divide por partes iguales 4-4 entre los ocho magistrados, la decisión de la corte inferior se mantendrá —tal como ocurrió en el caso Friedrichs— con un profundo impacto en la nación.

Uno puede imaginar los consiguientes tres niveles de caos:

Primero, al ratificar que se detengan DAPA y DACA+ mediante indecisión, la Corte Suprema habrá permitido que los estados controlados por los republicanos —no el gobierno federal— determinen la política de seguridad migratoria de la nación. Esto estaría contradiciendo rotundamente importantes decisiones anteriores de la Corte, incluyendo U.S. v. Arizona. En Arizona, la Corte, a través de las palabras del juez Anthony Kennedy, dejó en claro que el gobierno federal, no los estados, están constitucionalmente investidos con la autoridad suficiente para establecer la política inmigratoria:

El Gobierno Nacional tiene poder suficiente para regular la inmigración. El poder conlleva responsabilidad, y el sano ejercicio del poder nacional sobre la inmigración depende de que la Nación cumpla con su responsabilidad de basar sus leyes en una voluntad política informada al buscar un discurso cívico reflexivo y racional. Arizona puede tener entendibles frustraciones con los problemas causados por la inmigración ilegal mientras ese proceso continúa, pero el Estado no puede estar en busca de políticas que socaven la ley federal.

Stephen Legomsky, profesor emérito de la Escuela de Derecho de la Universidad Washington y ex director del Consejo del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EEUU, escribió en un artículo titulado El Caso Inmigratorio en la Corte Suprema Tiene un Profundo Impacto que:

Es esa combinación —un relajado umbral para que los estados puedan demandar al gobierno federal y la libertad para que los estados escojan un foro judicial amigable para decidir tanto el fundamento jurídico como los méritos del caso— lo que hace tan peligrosa la teoría de Texas.

Segundo, una decisión dividida por la Corte tendría consecuencias adversas más allá de la política de seguridad migratoria. Uno solo puede imaginar el sinfín de demandas políticamente cargadas que los estados estarían recién autorizados a entablar contra un presidente en funciones —Republicano o Demócrata—, incluyendo desafíos a su política fiscal, de medio ambiente o exterior.

El ex Procurador General, Walter Dellinger, explicó a la Suprema Corte en un amicus brief presentado en oposición al desafío republicano de Texas contra DAPA y DACA+:

La disputa presenta por consiguiente solamente “cuestiones y temas” (Winn, 563 U.S. en 132) que deben ser dejadas al proceso político.

No [desestimar el caso en términos de fundamento jurídico] no solamente inyectaría a la Corte de esta vorágine política, sino a la siguiente y a la siguiente. Para la teoría del fundamento jurídico promovida por los demandados no sería bueno para este caso solamente. Si se adopta, abriría una amplia puerta trasera para llegar a la corte federal para Estados que buscan la resolución de una serie de disputas políticamente cargadas, cuando la puerta delantera a demandantes individuales ha sido cerrada por los predecesores de esta Corte. La novel teoría de los demandados de revisar APA colocaría igualmente a las cortes en un estatus de supervisión sobre una amplia gama de decisiones ejecutivas discrecionales, sin ningún estándar significativo para evaluarlos.

Y:

La teoría de los demandados sobre el fundamento jurídico no solo proveería una base a los Estados para desafiar un sinfín de decisiones inmigratorias federales, vea Pet. Br. 31, sino que también daría pie a que se esquivaran muchos otros casos donde las cortes han encontrado que los demandantes individuales carecen de fundamento jurídico. Pero siguiendo el camino por los demandados aquí, los Estados podrían efectivamente ponerse en los zapatos de esos demandantes individuales y litigar disputas sobre políticas con el gobierno federal. Eso pondría la doctrina del fundamento jurídico en su cabeza.

Dejar que U.S. v Texas continúe en las cortes federales permitiría a los gobernadores republicanos y Procuradores Generales de los 26 estados socavar el “significativo poder que tiene el gobierno federal de regular la inmigración”, del cual escribió Kennedy. Las cuestiones políticas se convertirían en carne de cañón para las cortes, no para las legislaturas, que es donde pertenece.

Otra vez Legomsky:

Todo esto trasciende el tema migratorio. Cada vez que el IRS interpreta el código fiscal de una manera en que favorece al contribuyente, cualquier estado que escoja basar su propio ingreso fiscal en ingreso federal tributable pierde ganancia. El estado puede evitar ese resultado cambiando su ley, pero con base en la teoría de Texas eso no importa… Aceptar la radical teoría de Texas para el fundamento jurídico sería una receta para la parálisis. A ningún estado se le debería permitir boicotear tan fácilmente las decisiones del gobierno sobre políticas a nivel nacional. Y es por ello que las consecuencias de la disposición final de la Corte serán tan profundas. 

En The New Republic, Spencer Amdur hizo una observación similar: 

Para impugnar una política de gobierno en la corte, los demandantes deben mostrar una “prueba de daños”, de lo que ellos son perjudicados personalmente por dicha política; no es suficiente con desaprobar simplemente a la distancia. Este requisito se conoce como “fundamento jurídico”. En la demanda contra DAPA, ambas cortes inferiores dictaminaron que Texas tenía fundamento jurídico, pero ellos se apoyan en una curiosa teoría: debido a que Texas subsidia las licencias de conducir para inmigrantes con acción diferida, tendrá ahora más licencias que subsidiar. El problema con esa lógica es que eso permitiría a cualquier estado crear fundamento jurídico, simplemente al atar sus leyes a la política federal. La cuestión del fundamento jurídico es crucial por algunas razones. Es susceptible de apelación en la Corte de los conservadores, que generalmente favorecen requisitos más estrictos de fundamento jurídico. Esto salvaría también a la Corte de tener que sortear algunos complicados temas de ley administrativa y constitucional. En términos más generales, un fallo generoso en favor de fundamento jurídico del estado podría exacerbar la disfunción que ha plagado el sistema migratorio en años recientes. Si Texas tiene fundamento jurídico en este caso, entonces los estados podrían tener derecho a impugnar casi cualquier política que relaje la aplicación de la ley o dé a alguien estatus legal. (Vea, por ejemplo, la demanda de Texas para bloquear a los refugiados sirios.)

En SCOTUSblog, Kevin Johnson, Decano y Profesor de Derecho de Interés Público y de Estudios Chicanos/as en el centro de estudios Mabie-Apallas de la Escuela de Derecho de U.C. Davis, ofreció un análisis similar:

Si la Corte encuentra que Texas tiene fundamento jurídico para impugnar DAPA, uno solamente puede anticipar esfuerzos por parte de los estados con base en razones políticas partidistas para utilizar demandas en la corte federal, a fin de interferir al Poder Ejecutivo en sus decisiones discrecionales sobre cómo reforzar una infinidad de leyes —desde el Código Fiscal hasta leyes medioambientales— aprobadas por el Congreso.

Y eso, por supuesto, derivaría en incontables demandas que nunca habrían sido presentadas o consideradas de otro modo.

Finalmente, una indecisión por parte de la Corte Suprema elevaría preguntas legítimas sobre si la orden cautelar impuesta contra DAPA y DACA+ por parte del juez Hanen debería continuar siendo aplicada en todo el país. No hay duda de que habrá impugnaciones por parte de estados como California y Washington, que han rehusado a unirse a la demanda republicana contra las acciones ejecutivas del Sr. Obama y argumentado persuasivamente que han sido perjudicados por la suspensión temporal de DAPA y DACA+; no hay duda de que las cortes federales fuera del 5º. Circuito estarían obligadas a levantar la orden cautelar de Hanen, de tal modo que la suspensión temporal del presidente en torno a las deportaciones pueda continuar en otras jurisdicciones; y no hay duda de que una votación dividida 4-4 en la Corte Suprema conducirá a un remiendo de confusos regímenes de aplicación de la ley migratoria en diferentes estados y regiones de Estados Unidos —una situación que la Corte Suprema previno de manera inteligente en su decisión sobre Arizona.

Noah Feldman, profesor de derecho constitucional e internacional en la Universidad de Harvard, subrayó las cuestiones legales que surgirían tras una Corte Suprema dividida en dos partes exactamente iguales en torno a la demanda republicana de Texas:

La opinión del 5º. Circuito no sentará precedente en otras cortes o en futuros presidentes. El efecto a largo plazo en la acción ejecutiva en torno a la inmigración no será significativa. En la práctica, el plan de Obama podría no ser implementado. Pero incluso eso no es absolutamente cierto, al menos fuera de Texas. Fue bastante fuera de lo común para el 5o. Circuito emitir una orden cautelar vinculando al gobierno de Obama a nivel nacional. Hay una legítima pregunta técnica sobre si la orden cautelar a nivel nacional debería quedarse como está después de que la Corte Suprema escuche el caso. Harían falta cinco votos para que la propia Corte Suprema emita una orden —votos que ciertamente no existen. Por lo tanto, es al menos concebible que el plan pudiera ser enviado fuera del 5º. Circuito. 

Esa “legítima cuestión técnica” sería inmediatamente el tema de numerosas demandas en estados fuera del 5º. Circuito. De hecho, gobernadores y fiscales generales han intentado en repetidas ocasiones permitir la implementación de DAPA en sus estados, citando su importancia económica. En SCOTUSblog, Anne Egeler, Subprocuradora General del Estado de Washington, escribió,

La orden cautelar a nivel nacional está impidiendo que los estados y sus residentes reciban sustanciales beneficios económicos, de seguridad pública y humanitarios que llegarían gracias a las acciones inmigratorias del presidente.

En su amicus brief, el Estado de California expuso razones poderosas sobre el daño hecho a su estado por el bloqueo a DAPA:

Como resultado, el crecimiento económico de California ha dependido en grado significativo en los trabajadores indocumentados. La agricultura de California y las industrias de extracción emplean a 3.6 millones de inmigrantes por cada trabajador nativo, comparado con un promedio en la industria nacional de 1.5 millones de inmigrantes por .17 de trabajador nativo. Los inmigrantes indocumentados, que representan solamente el 7% de la población del estado, constituyen el 34% de sus trabajadores agrícolas, 22% de sus trabajadores de fábricas y 21% de sus obreros de la construcción, de acuerdo con estimaciones. Otros cálculos colocan estas cifras incluso en  un nivel más alto: la proporción de los trabajadores agrícolas de California que son indocumentados, por ejemplo, puede ser cercana al 60%. Actualmente, la fuerza laboral indocumentada por sí sola contribuye con $130 billones al Producto Interno Bruto (PIB) de California, un monto mucho mayor que el de los respectivos PIB en su conjunto de los otros 19 estados.

Por sí solo, eso obligaría a California a buscar resarcimiento si la orden cautelar está limitada al Quinto Circuito debido a la división en partes iguales de la Corte Suprema.

En Think Progress, el editor de temas judiciales, Ian Millhiser, conjeturó sobre lo que podría pasar:

En una orden bastante poco común, un juez federal de distrito emitió un alto a nivel nacional a esa política y rechazó aplazar esa decisión. Un panel de la conservadora Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos mantuvo esas decisiones por parte del juez de distrito. Así, si la Corte vota 4-4 en el caso Texas, el fallo del Quinto Circuito permanecerá.

Donde las cosas se complican es si el Departamento de Justicia tiene éxito en obtener una orden de un circuito diferente para defender el programa, o si un inmigrante que espera ser beneficiado por dicho programa obtiene una orden similar. El Quinto Circuito está entre las cortes más conservadoras del país, y es poco probable que cada circuito siga su ejemplo. En ese caso, se disputarán órdenes judiciales manteniendo políticas tanto legales como ilegales, y sin posibilidad de que la Corte Suprema las revise. No es inmediatamente claro qué ocurre en tal caso.

No hace falta decir que las cosas podrían complicarse. Sin duda la legitimidad de la “orden nacional” de Hanen sería impugnada por gobernadores y procuradores generales, así como defensores de los inmigrantes, que se dirigirán a las cortes federales para que se permita la implementación de DAPA. En Writing at Across the Bar, una publicación de la Asociación de Abogados del Condado de San Joaquín (CA), el abogado Fernando Pereira resumió la confusión que se desataría tras una decisión 4-4 en la Corte Suprema:

Fundamentalmente, cualquier opinión emitida por la Corte Suprema no sentaría precedente; en lugar de ello, la orden del Quinto Circuito permanecerá, pero solamente sentando precedente en el Quinto Circuito — Louisiana, Mississippi y Texas. Si eso ocurre, el Departamento de Justicia puede obtener una orden de un circuito diferente defendiendo la autoridad del presidente para implementar DAPA y DACA. El Quinto Circuito está entre las cortes más conservadoras del país y es poco probable que cada circuito siga su ejemplo. En ese caso, se disputarán órdenes judiciales manteniendo políticas tanto legales como ilegales, y sin posibilidad de que la Corte Suprema las revise. No es inmediatamente claro qué ocurre en tal caso.

Pereira también explicó el potencial costo humano:

Si la decisión de la Corte se divide 4-4, eso tendría enormes consecuencias para la gente que enfrenta la deportación. Los inmigrantes serían tratados de manera diferente con base en la ley, de acuerdo con el lugar donde vivan, lo que significa que familias establecidas (lo cual incluye esposas e hijos ciudadanos estadounidenses) serán obligados a escoger entre reubicarse en jurisdicciones que les permitan tener acceso a los programas de acción diferida DAPA y la extensión de DACA, o bien dividirse.

Si se le concede a Texas el fundamento jurídico, ese es el futuro inmediato. Cambiará drásticamente las vidas de los inmigrantes en todo el país y causará un gran ajetreo en las cortes —por parte de los estados que quieren impugnar las acciones federales más allá de la inmigración, y por parte de defensores, estados y ciudades que quieren implementar DAPA en sus jurisdicciones.

Todo parece indicar que el juez Roberts aborrece el caos. Como lo hizo notar Richard Wolf en USA Today,

A lo largo de los años, el presidente de la Corte ha votado de manera consistente para cerrar las puertas de la corte a demandas y demandantes dudosos.

La dudosa demanda interpuesta por los 26 gobernadores y procuradores generales republicanos es quizá la prueba más importante para Roberts en su gestión.

Un empate 4-4 en U.S. v Texas, una demanda descaradamente política, garantiza al menos tres niveles de caos judicial. Que ocurra eso o no, depende del presidente de la Corte y del resto de los magistrados.